CaracterísticasRegistro e Inscripción

Régimen Especial Agropecuario (REA)

En la Reforma fiscal del 2018 se creó el Régimen Especial Agropecuario (REA). Como su nombre lo indica está dirigido a todos aquellos que realizan actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y forestales. Esto también abarca a quienes prestan sus servicios en estas áreas.

Pueden surgir consultas ó inquietudes sobre sus alcances tributarios, debido a sus características y requisitos, FACTURATica es su aliado con la información pertinente.

Usted puede estar en esta modalidad siempre que no se encuentre en el Régimen de Tributación Simplificada (RTS), Grandes Empresas Territoriales y Grandes Contribuyentes Nacionales. Si usted desea ser parte el REA puede emitir sus documentos electrónicos con FACTURATica hoy mismo.

Beneficios que hacen atractivo al Régimen

Conocer los beneficios del Régimen Especial Agropecuario (REA) le ayudará a comprender sus alcances tributarios y organizar su actividad:

  • Inscripción: La permanencia en este régimen es opcional y los contribuyentes serán inscritos de oficio. Debiendo realizar la exclusión del régimen mediante una modificación de datos (D-140).
  • Tiempo para declarar: Presentan la declaración del IVA cada cuatro meses, en mayo, setiembre y enero.
  • Factura electrónica: Estar exentos de emitir factura electrónica cuando le venden a personas físicas o jurídicas del régimen general o a consumidores finales. Tenga en consideración que lo ideal es realizar la factura electrónica con FACTURATica.
  • Varias actividades: Pueden inscribirse en este régimen para la actividad agropecuaria aun cuando ejerzan una actividad profesional u otra actividad empresarial.
  • Registros: Pueden llevar los registros contables en hojas electrónicas o mediante registros físicos.
  • Credito y debito: El IVA a pagar se establece mediante la diferencia entre el crédito fiscal y el débito fiscal.

Este fue creado para facilitar el control y el cumplimiento tributario de los contribuyentes que se acojan a lo establecido por el Ministerio de Hacienda.

Requisitos del Régimen Especial Agropecuario

Ser parte del REA es sencillo revise si cuenta con los requisitos:

  • Actividad o servicio: Realizar alguna de las actividades agropecuarias o prestar un servicio agropecuario.
  • Inscripción: Estar inscrito en el registro de productores agropecuarios en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). Tener licencia ó autorización de pescadores ó productores acuícolas del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA).
  • Servicios: Para las personas que prestan únicamente servicios agropecuarios, no es requisito estar inscrito en el MAG ó en INCOPESCA.
  • Inscripción o modificación de datos: Comunicar la decisión de ingreso al régimen a través de los medios dispuestos por la Administración Tributaria, para la inscripción o modificación de datos.

Puede realizar su inscripción de forma sencilla en unos cuantos pasos, así logrará poner su negocio en orden con el Ministerio de Hacienda.

Características diferenciadoras del REA

Cuales son las características diferenciadoras a continuación le proporcionamos la información:

  • Etnia indígena: Las personas de etnia indígena, dedicadas a la producción agrícola que sean parte de una asociación de pequeños o medianos productores agropecuarios o cooperativas. Estarán eximidos del cumplimiento de las obligaciones formales y materiales siempre que la asociación o cooperativa las cumpla por ellas.
  • Varias actividades: Los contribuyentes que además de la actividad agropecuaria realicen alguna actividad de carácter empresarial o profesional sujetas a las reglas del Régimen General Tradicional de Tributación. Podrán acogerse al régimen especial agropecuario, pero deberá cumplir con las obligaciones tributarias formales y materiales del Régimen General. Con excepción de la facturación de operaciones en la actividad agropecuaria, en cuyo caso la factura podrá ser emitida por el comprador cuando así lo prefiera.
  • Servicios de jornaleros: Los jornaleros agropecuarios, aquellos que prestan personas físicas de forma discontinua u ocasional, en régimen independiente. Siempre que sea alguno de los servicios con relación directa de la actividad agropecuaria a la que se aplica este régimen.
  • Actividades accesorias: Tendrán la consideración de «actividades accesorias» a la actividad agropecuaria, encontrándose sujetas a las regulaciones previstas para el régimen especial, aquellas inherentes y derivadas de la actividad agropecuaria. Que no impliquen la ordenación autónoma de factores de producción para su obtención; y que los ingresos provenientes de éstas, no representen más del 15% del total de los ingresos percibidos, durante el periodo fiscal del impuesto sobre las utilidades.
  • Fase preoperativa: Esta face de la actividad agropecuaria es la etapa comprendida desde la inscripción como contribuyente en dicha fase en el Registro Único Tributario y hasta el inicio de las operaciones. Entendido éste, como el momento en que el activo biológico o plantío ya esté dispuesto a producir frutos y se dispongan a la comercialización al mercado. Contando con un plazo máximo para iniciar dichas operaciones de hasta cuatro años. Se toman en consideración en fase preoperativa, la compra de bienes o servicios, necesarios para el ejercicio de la actividad agropecuaria.

Tener la información oportuna facilita los procedimientos en cada caso particular.

Requisitos del comprobante para efectos del Régimen Especial Agropecuario:

Los comprobantes con FACTURATica cumplen con todos los requerimientos solicitados por el Ministerio de Hacienda, sin complicaciones con gran facilidad, emita sus documentos electrónicos.

A continuación los datos básicos si desea realizar sus comprobantes a la antigua:

  • Fecha.
  • Numeración consecutiva.
  • Nombre y apellidos del vendedor del bien o prestador del servicio.
  • Número de identificación
  • Concepto de la operación.
  • Monto de la venta antes de impuesto.
  • Tarifa de impuesto sobre el valor agregado.
  • Monto correspondiente al impuesto por la tarifa.
  • Total, de la venta.
  • Firma del vendedor del bien o prestador del servicio.

El realizar los comprobantes electrónicos tiene grandes ventajas para el desarrollo de su actividad con FACTURATica. Los documentos digitales le permiten tener información en un solo lugar, con los detalles que requiere según su necesidad de negocio. En una era digital contar con las herramientas necesarias es fundamental para su crecimiento.

Supuestos de inclusión en el Régimen Especial Agropecuario

En el Régimen Especial Agropecuario (REA) existen diferentes clasificaciones de las actividades que se incluyen ó no, por lo que le brindamos la información a detalle:

Actividades Agropecuarias

FACTURATica le brinda la lista de actividades permitidas en el REA para su conocimiento:

Actividad Detalle
Producción de alimentos
vegetales
Los alimentos de origen vegetal son todos aquellos que crecen directamente de la tierra tales como: frutas, verduras, legumbres y cereales.
Producción pecuariaSe caracteriza por la crianza de ganado con el objetivo de producir carne y demás productos derivados.
Producción avícolaRama de la zootécnica, que se encarga de la cría de aves domésticas para el aprovechamiento y mejora de sus productos carne, huevos y derivados.
PescaLa actividad pesquera consiste en la captura y cría de peces, crustáceos, moluscos y otros organismos de agua salada y dulce para el aprovechamiento del recurso natural en consumo responsable.
AcuiculturaConsiste en el cultivo y producción de organismos acuáticos de agua dulce o salada, así como pisciculturas cultivo de trucha y tilapia.
ApiculturaConjunto de técnicas y conocimientos aplicados en la cría, cuidados de abejas a través de esta se obtienen productos como miel, jalea real, propóleo, cera y polen.
FloresLa Floricultura es una disciplina que consiste en cultivar diferentes tipos de flores, para su distribución.
PlantasLa producción de plantas ornamentales para su venta y distribución.
Follajes y forestalesPlantación forestal comercial controlando el crecimiento de especies forestales y vegetación.
Las actividades
relacionadas con la producción de
materiales de siembra, como
almácigos, injertos, propagación
clonal
Técnicas, actividades, métodos de cultivo con semillas que consisten en áreas y espacios, controlados y protegidos. El caso de la micropropagación ó propagación clonal, cultivos in vitro con plantas genéticamente iguales.

Servicios Agropecuarios

Existen diferentes servicios que son indispensables para la producción agropecuaria, los cuales van desde el inicio del ciclo productivo hasta obtener un producto listo para salir de la finca, entre ellos:

ServicioDetalle
Preparación de terrenoLabranza convencional, evaluación del terreno, limpieza, eliminación de mala hierba y abono.
SiembraConjunto de actividades y técnicas relacionadas con el tratamiento del suelo y el cultivo de la tierra para la producción de alimentos.
Mantenimiento de cultivosEl papel del mantenimiento de cultivos en la agricultura es garantizar que el equipo agrícola funcione cuando así se requiera entre ellos utensilios, herramientas y maquinaria según corresponda.
FertilizaciónTécnica aplicada en el cultivo que tiene como finalidad principal aportar al suelo y a la plantación el producto fertilizante organico e inorganico necesario para lograr rendimientos satisfactorios del fruto.
Manejo fitosanitarioMétodo para la prevención, control y eliminación así como curación de las plantas procurando la estabilidad y bienestar del cultivo ó agroecosistema.
Manejo de plagas y enfermedadesEl manejo sostenible de plagas y enfermedades aplica un conjunto de prácticas integrales a los cultivos con el propósito de mantener las plagas de insectos a un nivel que no sea perjudicial para los cultivos.
Manejo de maleza mecánico y manualEstos consisten en la eliminación de las plantas arrancar o segar antes de la producción de semilla (manual).
Se basa en la utilización de fuego y medios mecánicos, tracción animal ó maquinaria a motor (mecanico).
Poda y derramaCortar o quitar las ramas superfluas de árboles, vides y otras plantas para que después con el tiempo se desarrollen con más vigor.
Corta, recolección o cosechaEs la labor de recolectar la planta de interés por la cual se realizó la siembra la cual puede ser: raíz, tallo, hojas, flores, frutos, y/o semillas.
Fermentación o secadoEste proceso es el que provoca los cambios en los granos que darán las características de color y sabor para la preparación del producto.
Servicio de corta y enfardaje de pacasLa elaboración de enfardaje de pacas a base de pasto o hierbas cortadas de diferentes cereal y secadas al sol.
Servicio de engorde de animalesEl sistema de engorde es una técnica de producción de carne,con los animales en confinamiento tienen dietas de alta concentración energética y alta digestibilidad.
Servicios ambientales de conformidad con
la Ley Forestal
De conformidad con la Ley Forestal N°7575 en Costa Rica se reconocen los siguientes servicios ambientales: mitigación de emisión de gases de efecto invernadero, fijación, reducción, secuestro, almacenamiento y absorción.
Servicio de descarga de producto pesquero
para embarcación
Este servicio es regulado por INCOPESCA y además deben contar con los permisos del Ministerio de salud, Ministerio de Agricultura y patente Municipal según la ubicación. Para el descargue y traslado del producto pesquero.
Servicio de custodia de embarcaciones y
equipo de pesca
Deben contar con los permisos del Ministerio de salud, Ministerio de Agricultura y patente Municipal según la ubicación. Este servicio es regulado por INCOPESCA.

Es importante generar la aclaración en el caso de los jornaleros agropecuarios, se exime del deber de inscripción ante la Administración Tributaria, siempre que presten los servicios agropecuarios de manera exclusiva a los contribuyentes inscritos en el régimen especial agropecuario.

Actividades excluidas del Régimen Especial Agropecuario

Existen ciertas actividades que se pueden confundir por su naturaleza, con las actividades autorizadas en el REA sin embargo pertenecen al Régimen General Tradicional de Tributación las nombramos a continuación:

  • Pesca deportiva.
  • Pesca turística comercial.
  • Viveros de venta directa.

Estas actividades al ser de carácter comercial no quedan facultadas en el Régimen Especial Agropecuario.

Deberes Formales de la actividad del Régimen Especial Agropecuario

Son todas aquellas obligaciones ante el Ministerio de Hacienda a continuación los detalles:

  • Inscripción: Según sea el caso de cada contribuyente la inscripción se llevará a cabo de las siguientes formas:
    • Los contribuyentes serán inscritos de oficio siempre que estén inscritos en el MAG ó en INCOPESCA.
    • Si ya está inscrito realizando una actividad agropecuaria pero en el régimen general y se desea acoger al régimen especial, deberá de hacerlo previo al inicio del siguiente período fiscal del impuesto sobre las utilidades, realizando la correspondiente modificación de datos a través del formulario (D-140).
    • En caso de ser contribuyente nuevo debe de realizar la inscripción mediante el MAG ó en INCOPESCA, según sea la actividad y seguidamente inscribirse en el ministerio de Hacienda mediante el formulario (D-140).
  • Período Anual: El periodo anual puede variar según la actividad y producción:
    • Producción de caña de azúcar y café: Para las actividades de cultivo de caña de azúcar y café, el período abarca del 1 de octubre al 30 de setiembre de cada año.
    • Producción de miel: Para la apicultura el período abarca del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.
  • Periodo Cuatrimestral: Para las demás actividades y servicios agropecuarios indicados
    • I Cuatrimestre: De enero a abril.
    • II Cuatrimestre: De mayo a agosto.
    • III Cuatrimestre: De setiembre a diciembre.
    • Actividades con ambos periodos: Cuando el contribuyente realice actividades con ambos periodos, el periodo del impuesto que prevalecerá será el cuatrimestral.
  • Almacenamiento: En todos los casos, los respaldos tanto los registros electrónicos como los físicos deben conservarse por un plazo de cinco años. En el caso de los clientes de FACTURATica el almacenamiento cumple con este requerimiento.
  • Comprobantes: El comprobante electrónico, tanto la factura electrónica de compra como la factura electrónica emitida por el productor agropecuario. Como el comprobante para efectos del régimen especial agropecuario, deben de emitirse al momento en que se preste el servicio o se realice la entrega del bien.
  • Registros contables: El Régimen Especial Agropecuario no cuenta con la obligación de llevar una contabilidad formal. Disfrute de toda la reporteria ofrecida por FACTURATica para disponer de una excelente organización para su actividad.
  • Plazo para declarar y pagar el IVA: Según periodo sea este cuatrimestral ó anual:
    • Para el periodo fiscal anual del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, el plazo para presentar la declaración y realizar el pago correspondiente es a más tardar el 31 de enero de cada año.
    • Para el periodo fiscal anual especial del 1 de octubre al 30 de setiembre de cada año, el plazo para presentar la declaración y realizar el pago correspondiente es a más tardar el 31 de octubre de cada año.
    • Para el periodo cuatrimestral, el plazo para presentarla y realizar el pago será dentro de los primeros quince días naturales del mes siguiente a la finalización del cuatrimestre.
  • Declaraciones:
    • D-137-1 “Declaración Jurada del Impuesto sobre el Valor Agregado para el Régimen Especial Agropecuario IVA Anual”.
    • D-135-1 “Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado para el Régimen Especial para el Sector Agropecuario (REA) con periodicidad cuatrimestral”.

La obligación de presentar la declaración permanece aún cuando; no se pague el impuesto, cuando por cualquier circunstancia no exista la obligación de pagarlo, cuando la diferencia entre el débito y el crédito fiscal represente un saldo a favor del contribuyente. Igualmente procede la presentación en casos de ventas exentas.

Iniciar YA con el Régimen Especial Agropecuario

Con esta información usted puede determinar si desea ser parte del régimen Especial Agropecuario. Si surge alguna duda ó inquietud puede revisar los requisitos y detalles sobre el Régimen de Tributación Simplificada (RTS) y el Régimen General Tradicional de Tributación.

Obtener las herramientas para iniciar el crecimiento de su actividad agropecuaria es posible, con la #1 FACTURATica. Estamos seguros que juntos podemos lograrlo, poseer el control real de su negocio y llevarlo a otro nivel. Al adquirir alguna de nuestras licencias PREPAGO ó ILIMITADO TODO.

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FACTURATica

FACTURATica, desde su inicio en el año 2018, ha logrado una impresionante emisión de millones de comprobantes electrónicos siendo aceptados por el Ministerio de Hacienda mes a mes. Nuestra extensa clientela esta distribuida en las siete provincias de Costa Rica, consolidando nuestra solución de factura electrónica como la #1 tanto entre profesionales independientes como en empresas y comerciantes en general.

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